El acuerdo, ratificado por unanimidad de los grupos políticos, contempla la imposición de una tasa que incluye una cuota fija y otra variable en función del presupuesto de ejecución del inmueble

El acuerdo, ratificado por unanimidad de los grupos políticos, contempla la imposición de una tasa que incluye una cuota fija y otra variable en función del presupuesto de ejecución del inmueble

El Pleno del Ayuntamiento de Lucena aprobó anoche, durante la sesión ordinaria correspondiente al mes de septiembre, la nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa que deben pagar los propietarios de obras, construcciones, edificaciones e instalaciones ubicadas en suelo no urbanizable y urbano que pretendan iniciar su regulación mediante la declaración de asimilado al régimen de fuera de ordenación (AFO).

La aprobación de esta nueva tasa y su correspondiente ordenanza viene a dar continuidad al decreto, aprobado por la Junta de Andalucía en septiembre de 2019, para la adecuación de construcciones irregulares impulsando esta fórmula de AFO, que supone el inicio de la legalización de las construcciones que se hicieron en su día sin licencia. 

Con la nueva ordenanza, aprobada por unanimidad de todos los grupos políticos, las personas interesadas en iniciar la declaración de AFO tendrán que abonar al Ayuntamiento una tasa que incluye una cuota fija y otra variable por tramos económicos, según la cantidad a la que asciende el presupuesto de ejecución material (PEM) de la edificación a legalizar.

Así, para obras de presupuesto de ejecución menor a 30.000 euros, la tasa será de 700 €; para aquellas que se sitúen entre 30.001 y 60.000 euros, deberán abonar esa cuota fija de 700 € más 1,1% del PEM; aquellas de valor entre 60.001 y 100.000 €, a la cuota fija se le sumará el 1,8% del PEM; por último, cuando el presupuesto sea superior a los 100.000 €, la tasa a satisfacer saldrá de sumar la cifra fija y el 2,2% del PEM. 

Según detalla ese informe elaborado por el personal técnico de Urbanismo, si se tomara como ejemplo una edificación de valor de 80.000 euros, la tasa a satisfacer por el promotor de la declaración AFO ascendería a 2.380 euros.